La sextorsión es una forma de explotación sexual en la cual una persona es chantajeada con una imagen o vídeo de sí misma desnuda o realizando actos sexuales, que generalmente ha sido previamente compartida
Cómo se origina la sextorsión
Este tipo de chantaje requiere que exista un material de tipo sexual, normalmente fotografías o vídeos de la persona chantajeada, en poses o actos sexuales, o simplemente desnuda o semidesnuda.
sextingEse material puede haberse autoproducido (sexting) para consumo de algún partenaire sexual, novio/a o amigo/a. En esos casos se suelen usar webcams o cámaras digitales o teléfonos con cámara para generar las imágenes, y medios como Internet o los mensajes MMS para enviarlos. Normalmente el envío es de persona a persona pero en ocasiones incluso se llegan a publicar voluntariamente en ciertos webs, de acceso restringido o público.
CONSEJOS
- Tapar la cámara web cuando no esté siendo utilizada.
- No ceder al chantaje.
- No proporcionar información adicional.
- Guardar posibles pruebas.
- Retirar información delicada.
- Eliminar malware.
- Cambiar las claves personales.
- Formular denuncia en el Cuartel de la Guardia Civil más próximo.
Cabe destacar, en este sentido, que la persona que realiza este tipo de chantaje, a parte del propio delito de extorsión que pretendería consumar, estaría cometiendo un delito contra la intimidad de las personas. Se encuentran recogidos en el Título X del Código Penal Español. Así, en el artículo 197 se regula la revelación de secretos, y se prevén expresamente penas para quien acceda a contenidos de otras personas sin su consentimiento.
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