Loading

Modelo de Prevención del Delito Ley 20.393

Nosotros lo ayudamos a implementar el Sistema de Prevención del delito al interior de su compañía.

CONTENIDOS

1.- Objetivo

2.- Alcances

3.- Análisis de la Ley 20.393

4.- Compromisos Corporativos

5.- Diseño del modelo aplicar

6.- Comité de prevención de delitos

7.-Roles de los diferentes actores del sistema

8.- De los delitos

9.- Matriz de riesgo

10.- Sistema de control

11.- Canales de comunicación interno

12.- Procesos de denuncia y su investigación

13.- Informes periódicos

14.- Charlas periódicas informativas y de prevención

15.- Certificación

16.- Instrumentos internos

17.- Etapas secuenciales de implementación

18.- Gobierno Corporativo

1.- OBJETIVO

El objetivo general de este modelo de prevención de delitos, es cumplir con las exigencias de la Ley 20.393 de Responsabilidad Penal de las personas jurídicas, realizando pro activamente las tareas que la propia ley exige, para entender por cumplidos los deberes de dirección y supervisión, de la compañía y sus empresas relacionadas, tendientes a minimizar la ocurrencia de algún tipo de delitos, de los tipificados en la propia ley anteriormente descrita y aumentando voluntariamente el alcance, en la ley penal en general.

Por su parte el objetivo particular de este Modelo, persigue establecer los parámetros que servirán de base para la estructuración y diseño armónico del sistema de prevención de delitos al interior de la empresa, estableciendo sus responsables, otorgando facultades, definiendo las responsabilidades del Encargado de prevención de delitos de la compañía, definiendo su forma de implementación, y en general poniendo en ejecución el modelo diseñado de prevención.

2.- ALCANCES

El modelo de prevención de delitos incluye a los propietarios, controladores, accionistas, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de administración y supervisión, empleados, trabajadores, terceros relacionados con la compañía y en general toda persona que de una u otra forma se relaciones directamente con ella.

3.- ANÁLISIS DE LA LEY 20.393

La ley Nº 20.393 establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los delitos de Lavado de activos, financiamiento del terrorismo y el cohecho entre otros. Esta fue reformada por la ley en lo fundamental, aumenta las penas de los delitos de cohecho y soborno, agrega los delitos de soborno entre particulares y de administración desleal, y agrega nuevos delitos a la ley N° 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.

La dictación de esta Ley se gestó tras un inminente ingreso de Chile a la Organización de Cooperación para el desarrollo (OCDE), que exigía a nuestra legislación tener un sistema sancionatorio efectivo para las personas jurídicas.

ANÁLISIS DE LOS DELITOS CONTEMPLADOS EN LA LEY 20.393.

1. Lavado de activos: consiste en aquellas conductas a través de las cuales dar apariencia de licitas a rentas que se han obtenido de actividades ilícitas, están generalmente vinculadas con otros delitos tales como narcotráfico, el financiamiento del terrorismo, el tráfico de armas, la malversación de caudales públicos, el cohecho, el tráfico de influencias, entre otros.

2. Financiamiento del terrorismo: regulado en la Ley Nº 18.314, artículo 8.

3. Cohecho a funcionarios públicos: regulados en el Código Penal en los artículos 250 y 251 bis y artículo 456 bis A de dicha norma legal.

4. Receptación: incorporada a la Ley 20.393, a través de la Ley modificatoria Nº 20.931, que agrega el delito de receptación, incorporado la disposición del artículo 456 del Código Penal.

5.Contaminación acuífera, extracción de especies en veda y otros delitos: regulados en la Ley General de Pesca y Acuicultura, en los artículos 136, 139, 139 bis, 139 ter.

6. Fraude, Soborno, Estafa, Malversación: regulados en los artículos 240, 287 ter, y 470, numerales 1 y 11 del Código Penal.

4.- COMPROMISO CORPORATIVOS

El espíritu es que la empresa declara que velará por la implementación y cumplimiento del Modelo de prevención de delitos, manteniendo su organización, administración y supervisión, con una permanente orientación a la prevención de ellos tipificados en la Ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica y sus modificaciones posteriores si las hubiese.

Las medidas que se tomaran, serán implementadas internamente a través de un diseño especialmente preparado para la compañía que se trate y sus diversas particularidades.

Se deberán designar autoridades internas para su implementación y mantención.

Se deberán adoptar nuevos compromisos internos para que todo el equipo de trabajo coopere en este proceso.

Se deberán entregar los medios y potestades necesarias al interior de la compañía para hacer viable el proceso.

Se implementará el modelo, de manera detallada y que en la práctica sea lo mas eficiente posible.

Permanentemente se estará llevando un seguimiento al interior de la empresa.

5.- DISEÑO DEL MODELO A APLICAR.

El sistema que se ha diseñado considera 4 tópicos generales, a saber:

A.• Creación de un sistema de control interno.

B. • Permanente detección de riesgos y su evaluación.

C.• Suma de actividades tendientes a la prevención de delitos.

D• Subsistema de canales de comunicación internos.

DEL SISTEMA

El sistema a implementar es una organización y funcionamiento integrado y armónico, con la participación de todos los actores de la compañía, teniendo como antecedentes un conjunto de normativa aplicable la que en su conjunto permiten minimizar las posibilidades de ocurrencia de la constitución de un delito u otras situaciones que afecten a la compañía y a sus integrantes.

Solo de esta manera podremos incorporar en el actuar de todos sus integrantes, un comportamiento permanente, arraigado en la cultura corporativa y que busque minimizar los riesgos en la comisión o participación en los delitos que contiene y regula la Ley 20.393 y otras disposiciones legales relacionadas.

6.- COMITÉ DE PREVENCIÓN DE DELITOS

Este comité deberá estar formado por 5 miembros de diversos estamentos de la organización.

Este comité sesionará cuando lo estime pertinente el Encargado de prevención de delitos, que en un comienzo durante la implementación deberá ser al menos cada sesenta días, posteriormente lo convocará aleatoriamente cuando lo estime necesario, teniendo si como requisito mínimo una convocatoria anual, de la que quedará constancia en el Libro de Actas de prevención de Delitos, de responsabilidad del encargado en esta materia. De esta manera, un organismo colegiado, con la concurrencia de diversas opiniones podrá revisar el MPD implementado, concurriendo diversas especialidades y expertise, que permita mejorar el MPD existente.

Además se preparará y actualizará permanentemente una matriz de riesgos para la compañía, reflejando en ella las fortalezas y debilidades.

7.- ROLES DE LOS DIFERENTES ACTORES DEL SISTEMA

Se deberán definir además el rol y participación, dentro del sistema, del Directorio, Gerencia General, Encargado de prevención de delitos, Asesor externo, Comité de prevención de delitos y empleados y trabajadores de la compañía en general.

8.- LOS DELITOS

El Encargado de la prevención del delito, con la ayuda del asesor externo, serán los responsables de identificar los diversos riesgos a los que está enfrentando la compañía y sus miembros.

9.- MATRIZ DE RIESGOS

La matriz de riesgo se estructura a base del tipo de organización y los posibles riesgos a los que se enfrenta en el desarrollo normal de negocios de la compañía, generando un documento que concentra la identificación, priorización, impacto y control de los diversos riesgos a los que puede verse enfrentada la organización, según lo dispuesto en la Ley 20.393.

Inicialmente la propuesta la hace el asesor externo.

Y posteriormente el mejoramiento de la Matriz de riesgo se realizará por el encargado de prevención de delitos y otras autoridades, incorporando experiencias al interior de la empresa.

10.- SISTEMA DE CONTROL

El sistema de prevención de delitos, considera la realización de manera permanente, de diversos controles, que debe liderar el encargado de prevención de delitos, en forma periódica y aleatoria, una vez que se han identificado y evaluados los riesgos en la matriz.

Lo anterior considera un control preventivo y otros controles de detección.

11.- CANALES DE COMUNICACIÓN INTERNO

Para la implementación del sistema o modelo de prevención de delitos, aparece como un elemento esencial, el crear los canales de comunicación internos y externos, que por una parte asegura la eficiencia del sistema, y se obtengan los flujos de información de manera oportuna, todo lo anterior de manera que se asegure la confidencialidad del denunciante, si así lo estimamos pertinente la persona que informa de la ocurrencia de un delito, tanto al interior de la compañía o alguno de sus miembros.

El sistema considerará los siguientes canales de información:

- Por correo electrónico.

- Por medio de una carta confidencial dirigida al Encargado de Prevención de Delitos.

- Al un número telefónico para recibir denuncias.

- Entrada de denuncias por intranet.

- Entrada de denuncias por la página web de la compañía.

12.- PROCESOS DE DENUNCIAS Y SU INVESTIGACIÓN

El encargado de prevención del delito designado con la ayuda del asesor externo impulsará las investigaciones que sean del caso, a través de un sumario interno y si fuese necesario se pondrán los antecedentes en conocimiento del Ministerio Público a través de las denuncias respectivas.

13.- INFORMES PERIÓDICOS

El Encargado de la prevención de delitos, emitirá un informe general con los antecedentes y estadísticas de las situaciones antes descritas, con una periodicidad semestral, dirigido al Gerente General y al Directorio.

14.- CHARLAS PERIÓDICAS INFORMATIVAS Y DE PREVENCIÓN.

El encargado de prevención de delitos, propone una programación de charlas periódicas, en diversos niveles de la organización, de tal manera que todos estén convenientemente informados y capacitados en la identificación de situaciones de riesgo.

Las capacitaciones deberán considerar entre otros parámetros los siguientes:

• Delitos contemplados en la norma jurídica.

• Legislación aplicable.

• Rol de los participantes.

• Matriz de riesgos detectados.

• Políticas generales de prevención.

• Procedimiento de denuncias.

  • Entre otras.

15.- CERTIFICACIÓN DEL SISTEMA O MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS IMPLEMENTADO

16.- INSTRUMENTOS INTERNOS

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º Nº 3 letra d) de la Ley 20.393, el sistema o modelo de prevención de delitos formará parte integrante de los contratos de trabajo y se hará extensivo a los contratos de prestación de servicios tanto con profesionales como con otras empresas, además de otros documentos internos.

- Código de conducta interno

- Anexo al Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad

- Principios de negocios y valores de la compañía

- Anexo de contrato de trabajo para ejecutivos

- Anexo de contrato de trabajo para Trabajadores

- Cláusula contractual para contratos de servicios de la compañía

- Procedimiento de compras, selección y evaluación de proveedores

17.- ETAPAS SECUENCIALES DE IMPLEMENTACIÓN

Etapa I. Diagnóstico y Planificación.

Etapa II. Implementación inicial de MPD y análisis de riesgos.

Etapa III. Mantención del sistema y seguimiento.

18.- EL GOBIERNO CORPORATIVO

El Gobierno corporativo de de la compañía, cuenta con las características de un consejo de administración, el que debe ser capaz de congeniar aspectos relevantes, como la buena gestión y control del negocio y en este se radicará el éxito o fracaso del sistema de prevención de delitos.

Nosotros lo ayudamos a implementar el Sistema de Prevención del delito al interior de su compañía.

Dirección: Cerro El Plomo Nº 5931, Oficina Nº 1614, Las Condes, Santiago, Región metropolitana, Chile.

Correo Electrónico: Estudio@hacc.cl

Teléfono Oficina: +562 22454197

www.hacc.cl

Credits:

Creado con imágenes de Paul Fiedler - "Looking up to Frankfurt's impressive skyscrapers during a foggy morning. " • STIL - "to do list" • Bill Oxford - "untitled image" • John Schnobrich - "together now" • Hunters Race - "This is a shot of the owner of New Zealand watch company - Hunters Race." • tam wai - "waiting" • timJ - "Off-center" • Tyler Franta - "Man looks at iPad while working near the window of a high-rise building." • AbsolutVision - "Classified newspaper page" • Dylan Gillis - "untitled image" • Tim Gouw - "Three businesswomen" • Lalaine Macababbad - "untitled image" • Sebastian Herrmann - "untitled image"