MARCELA HOLGUÍN ASAMBLEÍSTA POR PICHINCHA DISTRITO NORTE
ASAMBLEA NACIONAL DEL ECUADOR PERIODO LEGISLATIVO 2017-2021
INTRODUCCIÓN: Todos los esfuerzos legislativos estuvieron orientados en la construcción de una agenda propositiva para el país y sobre todo en la defensa de los derechos ciudadanos. En este marco, he asumido con responsabilidad la representación del Distrito Norte de Quito ante el Pleno de la Asamblea Nacional. En el 2019 mi gestión estuvo orientada a fiscalizar necesidades ciudadanas y a generar propuestas legislativas prioritarias para la ciudadanía como por ejemplo: Reforma a la Ley de Comunicación, Ley de Personas Adultas Mayores y Reforma a la Ley de Discapacidades.
En tal virtud, en mi calidad de Asambleísta por la provincia de Pichincha, en concordancia con lo establecido en la Constitución de la República en el artículo 127, Ley Orgánica de la Función Legislativa en el artículo 110 numeral 4 y Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social en el artículo 9, pongo a su consideración la rendición de cuentas y el informe de labores correspondientes a los meses de enero a diciembre de 2019, que detallo a continuación.
Trabajo Legislativo:En la Comisión de Derechos Colectivos se realizaron 9 sesiones en un periodo de Enero – Abril en las cuales se han ejecutado 9 intervenciones con aportes para la construcción y posterior reforma a la Ley del Adulto Mayor y Ley de Comunicación que actualmente se encuentran en vigencia.
• La Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores (09-05-2019)
• Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Comunicación. (20-02-2019)
La Comisión fue creada el 27 de diciembre de 2017. En 2019 se debatió y se analizó la propuesta de Ley asistiendo a 19 sesiones de comisión y ejecutando 62 intervenciones con sugerencias para la construcción de la Ley que actualmente está en vigencia.
Actuación en grupos parlamentarios:
FISCALIZACIÓN: La fiscalización es una herramienta reglamentada en el Artículo 120, numeral 9 de la Constitución de la República del Ecuador que determina como atribución y deber de la Asamblea Nacional fiscalizar los actos de las funciones Ejecutiva, Electoral y de Transparencia y Control Social, y los otros órganos del poder público, y requerir a las servidoras y servidores públicos las informaciones que considere necesarias.
Artículo 75 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa que señala que, las y los asambleístas tienen la facultad de requerir información a las y los funcionarios detallados en los artículos 120 numeral 9, 225 y 131 de la Constitución de la República. Por lo cual he solicitado 86 pedidos de información a diferentes entidades del Estado.
Consolidar una verdadera agenda legislativa implica escuchar y entender las necesidades de la gente, por ello he generado “agenda ciudadana”; que es un espacio de atención y apoyo en territorio. Actualmente, fiscalizamos 86 pedidos de información.
A. Socialización a la reforma a la Ley de Comunicación
Análisis y sugerencias a las reformas de la Ley de Comunicación. (05-02-2019)
B. Reforma a Ley de Discapacidades
Reuniones de socialización para la construcción de reformas a la Ley de Discapacidades. (03- 04-2019)
C. Fiscalización a la situación de becarios.
Fiscalización a la situación de becarios a nivel nacional. Se generó trabajo legislativo para que puedan ser escuchados y sus demandas atendidas a través de la Comisión de Educación. (03-04-2019)
D. Fiscalización a la situación de trabajadores de transporte urbano
Fiscalizar la situación laboral de trabajadores del transporte urbano y provincial denunciando abuso laboral. (09-07-2019)
Encuentros ciudadanos
Credits:
Asambleísta por la Provincia de Pichincha Distrito Norte